Becas Dipu 2011

Mié, 10/08/2011 - 14:09

Por el presente se hace público que, mediante Decreto de Alcaldía de fecha 28 de abril de 2011, se ha resuelto aprobar las bases  que seguidamente se transcriben para la concesión de 5 becas de formación en el marco del Programa “La Dipu te Beca”. Las bases se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Ayuntamiento de Navarrés y en la página web municipal: www.navarres.es

 

BASES PARA LA CONCESIÓN DE 5 BECAS DE FORMACIÓN EN EL AYUNTAMIENTO DE NAVARRÉS.

 

PRIMERA. – Objeto y número de becas.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 5 becas en diversas actividades relacionadas con  la gestión que desarrolla el Ayuntamiento de Navarrés.

La concesión de las áreas de actividad a las que irán destinadas las becas queda supeditada al perfil de los solicitantes de esta convocatoria y a las necesidades del Ayuntamiento.

SEGUNDA.- Dotación, pago y duración de las becas.

Cada una de las becas está dotada con un importe de 500 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente.

El periodo de duración de las becas comienza el 1 de julio del 2011 y finalizará como máximo el 30 de septiembre de 2011, siendo la duración inicial de un mes pudiendo prorrogarse, en su caso, has el máximo de tres meses.

El periodo de disfrute de la  beca tiene que producirse necesariamente durante los meses de julio, agosto y septiembre, no pudiendo por causa alguna prolongar la duración de las becas más allá del mes de septiembre.

TERCERA. Requisitos y méritos.

Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes y lo acrediten documentalmente:

1.- Poseer la nacionalidad española, de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un estado Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y vecindad administrativa en el municipio de Navarrés.

2. – Tener 18 años cumplidos.

3. – Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesional o Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura.

4. – No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

5.- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, lo que acreditará mediante declaración responsable.

6.- Nos estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca.

CUARTA. Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 20 de mayo.

Las solicitudes, presentadas en el modelo de solicitud que se incluye como anexo, y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Navarrés, c/ de la Iglesia, 2, en horario de 9.00 a 14.00 horas.

Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación:

- Fotocopia compulsada del DNI.

- Documentación acreditativa de estar cursando enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesional o Enseñanzas Universitarias oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura.

- Fotocopia compulsada de los documentos que se acrediten como méritos (cursos, notas del expediente académico…).

- Currículum vitae.

QUINTA. – Requisitos y méritos.

Los méritos que se bareman a efectos de esta convocatoria son los siguientes:

1. Nota media del expediente académico aportado: hasta 2 puntos.

2. Curso que se encuentra recibiendo en el ciclo de que se trate: hasta 1 punto.

3. Adecuación de las enseñanzas aportadas al objeto de las distintas becas convocadas: hasta 5 puntos.

4. Otros méritos como cursos específicos en la materia, otros idiomas comunitarios, vecindad en el municipio de que se trate, valenciano, conocimiento de informática, realización de jornadas, seminarios relacionados, etc….: hasta 5 puntos.

En caso de empate de puntuaciones se preferirá la solicitud que tenga la mejor puntuación en los siguientes apartados:

- adecuación de las enseñanzas al objeto de la beca.

- Nota media del expediente académico.

- Curso que se encuentra cursando en el ciclo educativo que se trate.

- Otros méritos.

SEXTA. – Comisión Evaluadora, concesión y seguimiento de las becas.

Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: José Gabriel Piera Serena, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Navarrés.

- Vocal y Secretaria: Patricia Germes Álvarez, Administrativa del Ayuntamiento de Navarrés.

- Vocal: Mª Carmen Tarancón Martínez, Aux. Administrativa del Ayuntamiento de Navarrés.

La comisión evaluadora tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la mejor calificación de los méritos aducidos.

Una vez finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de las becas, para que las dictamine y se apruebe, en su caso, por resolución de la Alcaldía. La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad, si el perfil de los solicitantes no se adecuan a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma, así como destinar becas a otras actividades que inicialmente no hayan sido contempladas, si se estima conveniente.

La entidad local nombrará uno o varios tutores/tutoras que realizarán el seguimiento, coordinación y ordenarán la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas actividades.

SÉPTIMA. Derechos y obligaciones de los becarios, e incidencias.

Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca.

La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local.

Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.

Son obligaciones de los becarios:

1. Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor.

2. Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiente las indicaciones del tutor o tutora.

3. Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor.

4. Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor.

5. Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán en el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será como mínimo de 25 horas semanales, que deberán realizarse atendiendo al régimen de funcionamiento del centro donde se realice la beca.

6. El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrán dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento.

7. Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se podrá cubrir la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección.

Lo que se hace público para general conocimiento, en Navarrés, a 28 de abril de 2011.

El Secretario,
Fdo. José G. Piera Serena
 
Descarga de documentos:
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- Instancia modelo.
- Resultados de la valoración de los becarios, y adjudicación de becas.
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